REQUISITOS RESIDENCIAS DEFINITIVAS
¿Qué es? Es el trámite que debe realizar un ciudadano extranjero con ánimo de residir en forma permanente en el país para regularizar su situación migratoria en el Uruguay.
¿De quién depende? Ministerio del Interior – Dirección Nacional de Migración Forma de solicitarlo Para solicitar audiencia para el Trámite, en Oficina Central o en las Inspectorias del interior del país deberá agendarse a través de la página web : http://www.tramites.gub.uy -Residencia Legal- . El día de la cita, se debe comparecer en forma personal, con la documentación requerida.
Una vez iniciado el trámite podrá designarse un representante para consultas y posterior continuación del mismo. Se admitirá una tolerancia máxima de 10 minutos. De concurrir fuera de ese horario perderá la audiencia y el pago debiendo generar un nuevo trámite. Costos
Trámite de Residencia 557,30 UI
Certificado migratorio para la obtención de cédula de identidad 55,70 UI. El monto de la residencia y del certificado está basado en Unidades Indexadas, cuyo valor se reajustará semestralmente.
Una vez iniciado el trámite y hasta el momento que se conceda la residencia deberá abonar un permiso de reingreso cada vez que salga del país, siendo su costo 225,60 U.I.¿Dónde se realiza el trámite? En Oficina Central o en las Inspectorías del Interior del país Montevideo: Departamento de Residencias de la Dirección Nacional de Migración. Dirección: Misiones 1513 Teléfonos: 2030 1819, 2030 1822, 2030 1821. Correo electrónico: dnm-consultas@minterior.gub.uy dnm-residencias@minterior.gub.uy En el Interior: En las Inspectorías de Migración en:
Departamento de Cerro Largo: o Melo: Rodó 661 tel.: 46422437, 20301912 o Río Branco: Paso de Frontera 46752638, 20301922., 20301923
Departamento de Artigas: o Artigas : Av. Lecueder 169 Tel: 47724041 o Bella Unión: Romeo Bianchi S/N Tel: 47792835, 20301910
Departamento de Colonia: o Carmelo: Solís 378 entre 19 de abril y Uruguay tel.: 45422461, 20301928, 20301929 o Colonia: 18 de julio 428 Tel: 45222126, 20301932, 20301933 o Nueva Palmira: Dársena Higueritas S/N Tel: 45446553, 20301934, 20301935
Departamento de Rocha: o Chuy: Ruta 9 Km 336 Tel: 44742072, 20301858, 20301859
Departamento de Durazno: o Durazno: Rivera 621 Tel 20308045
Departamento De Rio Negro: o Fray Bentos: 18 de julio 1225 tel.: 45622302, 20301936, 20301937
Departamento de Soriano: o Mercedes: 18 de julio S/N esq. Wilson Ferreira Tel: 45322528, 20301938, 20301939
Departamento de Paysandú: o Paysandú: Independencia 961 tel.: 47224997 , 20301940, 20301941
Departamento de Maldonado: o Piriápolis: Continuación Piria S/N (cabaña en recinto prontuario) Tel. 44320555 o Maldonado: Calle 31 y Rambla Claudio Williman Tel.: 42436880
Departamento de Rivera: o Rivera: Florencio Sánchez 914 Tel : 46224086 – 20301904, 20301905
Departamento de Salto: o Salto: Artigas 450 Tel: 47332860, 20301973
¿Qué se necesita para realizarlo? El extranjero deberá iniciar el trámite de residencia legal en el país aportando la documentación que se detalla a continuación, de acuerdo a las normas vigentes
1. Una foto carné. (EXCLUYENTE)
2. Documento de identidad (EXCLUYENTE) – Original del documento de identidad con el cual ingresó al país. Si el país requiere visa para el ingreso a Uruguay, la misma deberá estar vigente de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 356/18 (Requisito excluyente)
3. Carne de vacunas VIGENTE Decreto 136/2018: Deberá aportar certificado expedido por un vacunatorio en Uruguay, que acredite que el extranjero cumple con el esquema de vacunación uruguayo.
4. Antecedentes Penales Certificado de Antecedentes Penales debidamente legalizados o apostillados y traducidos (a excepción de Brasil que no requiere traducción) del país de origen y de los países donde residió los últimos cinco años (por un periodo igual o mayor a 6 meses) antes de su ingreso Uruguay. Sólo para mayores de 18 años. Si nació en Estados Unidos podrá concurrir a Interpol en Montevideo a tomarse huellas dactilares, a fin de que dicha oficina solicite al F.B.I el certificado de antecedentes. El certificado de Antecedentes Penales válido para la presente gestión deberá tener alcance nacional, dado que los estaduales, los departamentales y los provinciales no son de recibo. Será válida también una constancia emitida por el Consulado del país del cual se requiere la información de antecedentes, acreditado ante el Gobierno Uruguayo.
5. Carné de salud VIGENTE. Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
6. Medios de vida: (opciones mas frecuentes) Entre otros se solicitará◦ Empleado de persona jurídica: El interesado deberá acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal, el cual deberá ser suficiente para su manutención. Dicha circunstancia podrá probarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: ▪ Certificado notarial de ingresos: donde conste la remuneración mensual nominal que percibe y el cargo que ocupa, y contralor jurídico de la empresa (personería jurídica hábil y vigente, plazo social, inscripción ante BPS y DGI, objeto o giro, domicilio fiscal y constituido, representación de la empresa y vigencia de dichos cargos, cumplimiento de la Ley 17904, 18930 y 19484). ▪ Historia laboral del Banco de Previsión Social. ◦ Empleado de persona física (ejemplo servicio doméstico): El interesado deberá acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal, el cual deberá ser suficiente para su manutención. Dicha circunstancia podrá probarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:▪ Certificado notarial donde conste la relación de trabajo, nombre y nacionalidad de la empleadora (en caso de ser extranjera deberá aclarar situación legal en el país de la misma), domicilio donde presta servicios, salario mensual nominal que percibe y número de inscripción ante el BPS. ▪ Historia laboral del Banco de Previsión Social. ◦ Trabajador independiente (empresa unipersonal) y sus empleados: Deberá acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal, el cual deberá ser suficiente para su manutención. Dicha circunstancia podrá probarse mediante la presentación de: ▪ Certificado notarial de ingresos, que acredite denominación, giro, domicilio fiscal y constituido, BPS, DGI, nacionalidad del titular y/o empleador -en caso de ser extranjero aclarar cuál es la situación legal en el país, inicio de las actividades de la empresa. ▪ Certificado Contable de ingresos percibidos mensualmente, en el que consten los datos de la empresa, según lo detallado en párrafo anterior. ◦ Empresario, Accionista (S.A., SRL, etc.): Deberá justificar dicha calidad y el ingreso mensual que percibe por su actividad, mediante certificado notarial que incluya el contralor completo de la empresa (personería jurídica hábil y vigente, plazo social, inscripción ante BPS y DGI, objeto o giro, domicilio fiscal y constituido, inicio de las actividades en la empresa, representación de la empresa y vigencia de dichos cargos, cumplimiento de la Ley 17904, 18930 y 19484). ◦ Rentista, jubilado y pensionista en el exterior : Presentar certificado notarial donde conste dicha calidad, concepto de las rentas, monto mensual nominal y como se percibe en Uruguay. ◦ Jubilado en Uruguay: presentar copia y original del último recibo de cobro de la entidad pública. 7. Animo de Permanencia: El cual será evaluado 8. Partida de nacimiento: Se requerirá de forma excluyente cuando el gestionante sea menor de 18 años, la misma no podrá tener mas de un año de expedida al momento de iniciar el trámite, la cual deberá encontrarse debidamente legalizada o apostillada y de requerirlo traducida. Será necesaria también cuando haya que acreditar un vínculo entre involucrados en el expediente. Tener en cuenta que la Dirección Nacional de Identificación Civil requerirá la partida de nacimiento para todos los gestionantes a efectos de otorgar la correspondiente cédula de identidad. 9. Partida de matrimonio: Solo se requerirá a fin de acreditar el vínculo de ser necesario, y su fecha de expedición no puede ser mayor a un año.
MENORES DE EDAD: Además de cumplir con los requisitos 1, 2, 3, 4, 5 y 8 requerirán de forma excluyente la autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo. Las autorizaciones provenientes del extranjero o las realizadas ante los Consulados uruguayos tendrán una validez de 6 meses desde su expedición. Deberá además, a partir de los 4 años, probar calidad de estudiante, mediante la presentación del certificado de estudio correspondiente de la Institución educativa. Si el menor no va a residir con ninguno de sus padres deberá quedar establecido porlos mismos, quien es o son los adultos responsables que se harán cargo del mismo en el país, los cuales deberán firmar la solicitud de residencia. Importante:
En caso de NO presentar los documentos exigidos como requisitos excluyentes o concurrir fuera de horario a la audiencia concretada, el trámite iniciado en línea caducara, perdiendo el turno y el pago realizado.
En Montevideo: Para aportar documentación en trámites ya iniciados, para notificarse sobre el mismo y/o gestionar permisos de reingresos se deberá solicitar día y hora a través la línea gratuita 0800 1513, opción Residencias y posteriormente opción consulta de trámites ya iniciados.
En Inspectorias: Comunicarse telefónicamente, a los teléfonos detallados de cada Inspectoria
Si no habla español, deberá concurrir con intérprete. (Excluyente) Otros datos de interés:
En el caso de ser concubinos, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 18.246 (Unión Concubinaria).
Todo documento extranjero que se presente para ser agregado al expediente debe estar necesariamente apostillado o legalizado (de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, con la excepción de los emitidos por Brasil.
Ánimo de permanencia: Art 26 y 27 del Código Civil, serán el fundamento legal para analizar el mismo.
En caso de que durante el transcurso del trámite el gestionante egrese de Uruguay por un plazo superior a seis meses, deberá presentar Certificado de antecedentes penales del país en el cual permaneció.
